UNIVERSIDADES Y ESCUELAS POLITÉCNICAS
Luego de que el CACES hizo públicos los resultados de la evaluación de las 55 Universidades y Escuelas Politécnicas del país en octubre de 2019, de las cuales 52 acreditaron y 3 no acreditaron.
Mediante RESOLUCIÓN No. 013-SE-06-CACES-2019 se emitió el Reglamento de Evaluación Externa con Fines de Acreditación de Universidades y Escuelas Politécnicas 2019 donde señala: Artículo 32.- De los planes de aseguramiento de la calidad de las UEP. – Las universidades y escuelas politécnicas acreditadas elaborarán un plan de aseguramiento de la calidad, tomando como insumo el informe de evaluación externa.
Considerando lo señalado el CACES elaboro el instructivo para que las UEP acreditadas lo tomen como referencia para la elaboración del plan. Artículo 33.- Del cumplimiento de los planes de aseguramiento de la calidad. – El CACES, a través de la Comisión de universidades y escuelas politécnicas y el área técnica respectiva, monitoreará el avance de los planes de aseguramiento de la calidad, cuando lo considere pertinente o a pedido de las UEP.
Para ello el CACES podrá solicitar informes de cumplimiento o realizar visitas in situ.” Para dar cumplimiento al artículo antes señalado se elaboró un instrumento técnico aprobado por la comisión para este propósito. Artículo 35.- Del plan de mejoramiento de la UEP. – Las UEP no acreditadas deberán presentar al CACES, en el término máximo de sesenta días, contados desde la fecha de notificación de la resolución respectiva, un plan de mejoramiento que incluirá, al menos, objetivos, metas, indicadores, medios de verificación, acciones, presupuesto y cronograma (…).
Considerando lo señalado el CACES elaboro el instructivo para que las UEP no acreditadas lo tomen como referencia para la elaboración del plan. Artículo 36.- Del acompañamiento a las UEP no acreditadas. – El CACES acordará con las UEP no acreditadas los mecanismos y el tiempo de acompañamiento, conforme con las necesidades específicas de estas. Para dar cumplimiento al artículo antes señalado se elaboró un instrumento técnico aprobado por la comisión para este propósito.
ACOMPAÑAMIENTO A EXTENSIONES
En el año 2016 se realizó un nuevo proceso en el que estas 6 extensiones resultaron aprobadas.
En el caso de los planes de aseguramiento de la calidad, el propósito es que las extensiones del grupo de las «No aprobadas» acompañen a los estudiantes hasta que se gradúen, con estándares aceptables de calidad.
CARRERAS
El Art. 45 del “Reglamento de Evaluación, Acreditación y Categorización de Carreras de las Instituciones de Educación Superior” señala que, según los resultados de desempeño en la evaluación del entorno de aprendizaje y en el examen nacional de evaluación de carreras (ENEC), se ubicará a las carreras en las siguientes categorías: acreditadas, en proceso de acreditación y no acreditadas.
El Art. 49 del mencionado reglamento indica que: “Las carreras que deben presentar un plan de fortalecimiento, son aquellas que no cumplieron los estándares establecidos por el CEAACES en lo que respecta al entorno de aprendizaje, pero cuyos estudiantes, en un porcentaje superior o igual al 40%, aprobaron el examen nacional de evaluación de carreras”.