El Banco de Datos de Pares Evaluadores es el registro oficial del CACES que contiene la información de los profesionales cuyo perfil ha sido validado por la Dirección de Administración de Talento Humano como pares evaluadores en procesos de evaluación externa y de aseguramiento de la calidad, incluyendo su trayectoria, desempeño y demás información relevante.

REGLAMENTO DE PARES EVALUADORES (RESOLUCIÓN NO. 043-SO-09-CACES-2026)

El Título III de este Reglamento regula el Banco de Datos de Pares Evaluadores y establece las disposiciones aplicables a su ingreso, registro, actualización, mantenimiento y exclusión, así como a su administración institucional, al acceso a la información y a las disposiciones relativas
a su confidencialidad.

El registro se actualiza de forma permanente y continua en los siguientes casos: 1) por solicitud del par evaluador, 2) al cierre de cada cohorte de la Escuela de Pares Evaluadores y 3) previo a cada convocatoria de selección.

La suspensión se origina en la evaluación del desempeño, que se aplica al concluir cada proceso de evaluación externa y de aseguramiento de la calidad a todos los pares evaluadores que participaron efectivamente en sus distintas fases.

  • Se obtiene una valoración de desempeño no satisfactoria, esto equivale a una calificación inferior al 70%.
  • Impide participar en nuevos procedimientos durante cinco años.
  • Se registra mediante acuerdo de la CPPCSPE, con fechas de inicio y fin.

EFECTO: SUSPENSIÓN DEL BANCO DE DATOS POR CINCO (5) AÑOS

Constituye causal de exclusión la comprobación de información o documentación falsa, inexacta, incompleta o no comprobable proporcionada por el par evaluador durante su postulación, selección o registro. El procedimiento es el siguiente:

  • La CPPCSPE inicia el procedimiento por iniciativa propia o mediante solicitud motivada.
  • Se notifica al par evaluador sobre la posible exclusión y se le invita a presentar por escrito sus justificaciones o descargos.
  • El par evaluador cuenta con un término de diez días hábiles desde la notificación para presentar sus descargos.
  • La Secretaría Técnica elabora un informe técnico con base en los antecedentes del caso y la documentación presentada.
  • La CPPCSPE emite una recomendación motivada y el Pleno del CACES resuelve, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a las que hubiere lugar.

EFECTO: SALIDA DEL BANCO DE DATOS DE PARES EVALUADORES

Si usted participó efectivamente en un Comité de Evaluación Externa organizado por el CACES, debe suscribir el consentimiento informado en la plataforma de gestión de colaboradores externos. Se trata de dos autorizaciones distintas sobre las cuales usted decide de forma independiente.

  1. Ingrese a la plataforma de gestión de colaboradores externos con su usuario.
  2. Abra la sección de “Banco de Datos de pares evaluadores” y lea la información sobre el tratamiento de sus datos personales.
  3. Registre sus autorizaciones en la interfaz, indicando su decisión sobre la incorporación y sobre la publicación.
  4. Descargue el documento, fírmelo electrónicamente y cárguelo nuevamente en la plataforma para procesar el trámite.

La información del Banco de Datos es de uso interno exclusivo del CACES. El CACES puede publicar o proporcionar información estadística general que no contenga datos personales ni permita la identificación directa o indirecta de los pares evaluadores, con fines de transparencia, rendición de cuentas, investigación o promoción institucional.

Cada par evaluador tiene derecho a acceder a su propio registro e información. El tratamiento y la protección de los datos personales contenidos en el Banco de Datos se realizan conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y su Reglamento.